Prohibido Fumar en áreas públicas

Prohibido Fumar en áreas públicas

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Con base en la Ley General para el Control del Tabaco, a partir de este domingo queda prohibido en consumo de cigarros en zonas y áreas concurridas, así como en espacios públicos, libres de cigarros.

La reforma que entro en vigor este fin de semana establece que también queda prohibida la publicidad de cualquier producto elaborado con tabaco, así como su exhibición en puntos de venta.

La Ley indica que estará prohibido fumar o encender cualquier producto de tabaco como cigarros, puros y pipas en patios, terrazas, parques, mercados y paradas de camiones.

No se podrá fumar en parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento.

Así como canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, hoteles, hospitales, centros de salud, lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas.

Las zonas exclusivas para fumar deberán ubicarse únicamente al aire libre y no deben ser espacios de consumo de alimentos o bebidas.

Además deben estar separadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y estar a 10 metros de entradas y salidas o lugares de concurrencia.

Así como contar con señalización que prohíba la entrada a niños, niñas y adolescentes.

Las personas que sean vistas fumando en lugares cien por ciento libres de humo, deberán ser exhortadas para que apaguen su cigarro y en caso de negarse se podrá recurrir a la autoridad correspondiente.

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